miércoles, 13 de abril de 2011

BOLETIN DE NOTICIAS DEL MERCADO ASEGURADOR VENEZOLANO SEMANA # 02/04/11

Aseguradoras deberán consignar el 1% al Fondo Nacional de Bomberos.

El viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana, Néstor Reverol, informó que se está trabajando de manera acelerada para la activación de este fondo, con la finalidad de comenzar lo antes posible el proceso de recaudación, tal como lo establece la Ley

Las empresas aseguradoras del país deberán ponerse al día con el Fondo Nacional de Bomberos en la consignación del 1% de las primas por concepto de incendio, para equipamiento y adiestramiento de los cuerpos bomberiles municipales y estatales del país.

Así lo informó este lunes el viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana, Néstor Reverol, durante la instalación de cuatro mesas de trabajo para la conformación de la Dirección Nacional de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, que se realiza en la sede de Petróleos de Venezuela, en La Campiña (Caracas). Señaló que se está trabajando de manera acelerada para la activación de este fondo, con la finalidad de comenzar lo antes posible el proceso de recaudación, tal como lo establece la Ley.

La Ley de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencia de Carácter Civil, vigente desde el año 2001, establece en su artículo Nº 39 el aporte equivalente al 1% del monto de las primas de las pólizas de seguros cobradas por las entidades aseguradoras en el ramo de incendios. Reverol, informó que en los próximos días se estará reuniendo con la Superintendencia Nacional de Seguros para canalizar todos estos esfuerzos, para que estos recursos empiecen a ser destinados a los diferentes cuerpos bomberiles del territorio nacional.

Crearán dirección General de bomberos
Reverol, señaló que a través de la discusión en mesas de trabajo se conformará la Dirección Nacional de Bomberos y Bomberas y Administración de Carácter Civil, que estará adscrito al viceministerio de Prevención y Seguridad Ciudadana. Explicó que mediante esta dirección nacional se homologarán funciones y estándares de los diversos cuerpos bomberiles y de Protección Civil que trabajan en el resguardo de la seguridad ciudadana ante eventos extraordinarios. En estas mesas participan alrededor 126 organizaciones de bomberos y los diferentes jefes de Protección Civil, de todo el país.

Entre los temas que se estarán discutiendo durante este evento se encuentra: la creación del Fondo Nacional de Bomberos; la nueva estructura del Consejo Nacional de Comandantes de Bomberos y el Proyecto de Ley del estatuto de la función bomberil. El viceministro de Prevención y Seguridad Ciudadana, señaló que actividad forma parte de las políticas impulsadas por el Gobierno Nacional para dignificar a los bomberos del todo el país.

"Con esto estamos dignificando a estos hombres y mujeres que son personas abnegadas que sacrifican su vida diariamente y que siempre están atentos ante cualquier calamidad pública y ante cualquier evento y quienes merecen el respeto del pueblo venezolano", expresó Nestor Reverol.






Constitución de reservas de los seguros y reaseguros.

Según se publicó en Gaceta Oficial N° 39.645, de fecha 30 de marzo de 2011, sobre las Normas relativas a la Oportunidad en que se Constituirán y Mantendrán las reservas Técnicas, así como la Forma y términos en que las Empresas de Seguros y Reaseguros deberán reportárselo a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, se establece que las empresas de seguros y las de reaseguros que operen en el ramo de vida individual, deben constituir y mantener una Reserva matemática. Desde el momento de la asunción del riesgo, que se calculará de acuerdo con el reglamento actuarial que se haya elaborado por cada tipo de seguro.

Esta reserva, debe registrarse mensualmente y deben reflejarse tanto en los estados financieros analíticos mensuales como en los estados financieros anuales, que deben enviarse a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.

Las aseguradoras que operen en seguros generales y en seguros colectivos de vida, deben constituir y mantener una Reserva para riesgos en curso, desde el momento del cobro de la prima. Igual las reaseguradoras que hayan aceptado riesgos del seguro de vida individual bajo la modalidad ‘prima de riesgo’. De igual forma, deben aparecer registradas en los estados financieros.

En el artículo N° 3, de dicha normativa, se señala que debe formarse una Reserva para prestaciones y siniestros pendientes de pago, en el que se deben incluir las obligaciones pendientes con terceros que hayan cumplido con las empresas de seguros y los asegurados, desde el momento de la notificación del siniestro.

También, se deberá constituir una Reserva ocurridas y no notificadas, al cierre de cada mes, que se determinará de acuerdo con la experiencia de cada empresa. Esta reserva debe no puede ser inferior al tres por ciento de las reservas para prestaciones y siniestros pendientes. Y se debe tener a disposición de la Superintendencia, el método de cálculo de esta reserva. Finalmente, se deberán conformar Reservas para riesgos catastróficos, al cobro de la primera prima, y una Reserva para reintegro por experiencia favorable para contratos en los que se haya convenido ese beneficio y deberá ser igualmente constituido tras el cobro de la prima.


Constitución de reservas de los seguros y reaseguros.

Según se publicó en Gaceta Oficial N° 39.645, de fecha 30 de marzo de 2011, sobre las Normas relativas a la Oportunidad en que se Constituirán y Mantendrán las reservas Técnicas, así como la Forma y términos en que las Empresas de Seguros y Reaseguros deberán reportárselo a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, se establece que las empresas de seguros y las de reaseguros que operen en el ramo de vida individual, deben constituir y mantener una Reserva matemática. Desde el momento de la asunción del riesgo, que se calculará de acuerdo con el reglamento actuarial que se haya elaborado por cada tipo de seguro.

Esta reserva, debe registrarse mensualmente y deben reflejarse tanto en los estados financieros analíticos mensuales como en los estados financieros anuales, que deben enviarse a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.

Las aseguradoras que operen en seguros generales y en seguros colectivos de vida, deben constituir y mantener una Reserva para riesgos en curso, desde el momento del cobro de la prima. Igual las reaseguradoras que hayan aceptado riesgos del seguro de vida individual bajo la modalidad ‘prima de riesgo’. De igual forma, deben aparecer registradas en los estados financieros.

En el artículo N° 3, de dicha normativa, se señala que debe formarse una Reserva para prestaciones y siniestros pendientes de pago, en el que se deben incluir las obligaciones pendientes con terceros que hayan cumplido con las empresas de seguros y los asegurados, desde el momento de la notificación del siniestro.

También, se deberá constituir una Reserva ocurridas y no notificadas, al cierre de cada mes, que se determinará de acuerdo con la experiencia de cada empresa. Esta reserva debe no puede ser inferior al tres por ciento de las reservas para prestaciones y siniestros pendientes. Y se debe tener a disposición de la Superintendencia, el método de cálculo de esta reserva. Finalmente, se deberán conformar Reservas para riesgos catastróficos, al cobro de la primera prima, y una Reserva para reintegro por experiencia favorable para contratos en los que se haya convenido ese beneficio y deberá ser igualmente constituido tras el cobro de la prima.



Electa nueva junta directiva de la Cámara De Aseguradores de Venezuela.

Luego de realizar su Asamblea Anual Ordinaria, la Cámara de Aseguradores de Venezuela eligió este martes 22 de marzo su nueva Junta Directiva para el período 2011-2012.

Para esta nueva etapa, Miguel Reyes (Estar Seguros), será el nuevo presidente de la Junta Directiva y Gustavo Luengo (Seguros Caracas de Liberty Mutual) fungirá como Vicepresidente. Como directores estarán Alberto Benshimol (Mercantil Seguros); Alberto Berges (Mapfre la Seguridad); Pedro Luis Garmendia (Banesco Seguros); Gonzalo Lauría (Oriental de Seguros); Carlos Luengo (Zurich Seguros); Carlos Moníz (Interbank Seguros); Rafael Peña (Seguros Nuevo Mundo) y Alicia Salas (Reaseguradora Delta).

Igualmente, continuarán como Consejeros Permanentes Gregorio Scharifker y Juan Blanco Uribe. En la Presidencia Ejecutiva se mantiene Alesia Rodriguez Pardo. Haciendo honor a su lema “Uniendo Esfuerzos”, el nuevo equipo directivo de la Cámara de Aseguradores de Venezuela, tendrá entre sus responsabilidades fomentar, desarrollar y representar a las empresas de seguro del país.

Es así como los directivos electos continuarán cumpliendo los objetivos institucionales de difundir con amplitud el alcance de los beneficios del seguro y la importancia de la actividad aseguradora.




Superintendencia sanciona a seguros Banesco, Interbank y Caracas.

Los seguros Banesco, Interbank y Caracas fueron sancionados por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora pues incrementaron las primas sin notificar previamente a ese organismo. Así quedó establecido en Providencias publicadas en la Gaceta Oficial Nº39.638 del 21 de marzo de 2011, publicada hoy.

Según la Gaceta, Banesco Seguros debe cancelar una multa de 20.950 bolívares fuertes, Interbank Seguros debe cancelar Bs.F. 14.750 y Seguros Caracas de Liberty Mutual Bs.F. 25.000. Las sanciones fueron aplicadas por el incumplimiento del artículo 66 de la Ley de Actividad Aseguradora, que establece que todo incremento en las primas debe ser notificado a la superintendencia del sector