miércoles, 26 de mayo de 2010

BOLETIN DE NOTICIAS DEL MERCADO ASEGURADOR VENEZOLANO SEMANA N# 04/05/2010

Asamblea aprobó Ley de Aseguradoras

CARACAS.- La plenaria de la Asamblea Nacional (AN) sancionó ayer la Ley de la Actividad Aseguradora instrumento que establece, entre otros puntos, la cobertura para jubilados, pensionados y enfermos mentales y la eliminación de la clave de emergencia para servicios de Hospitalización, Cirugía y Maternidad (HCM).

El instrumento de 184 artículos fue remitido al Ejecutivo Nacional para su promulgación. La norma en el artículo 40 numeral 22, prohíbe que las instituciones de salud se nieguen a otorgar la cobertura inmediata en casos de emergencia prevista en el contrato de seguro HCM, condicionada a la emisión de claves o autorizaciones de acceso.

La Ley extiende el ámbito de aplicación; además de las empresas de seguros y reaseguros, se someten al control del Estado otras personas jurídicas que desarrollan la actividad, tales como las empresas de medicina prepagada, financiadoras de primas y las cooperativas de seguros.

Participación ciudadana
Según los parlamentarios, la Ley de Aseguradoras se adecúa a las disposiciones de orden social vigente, “a fin de incentivar figuras organizativas en el marco de la participación ciudadana”.

El artículo 137, diferido en la sesión de la semana pasada, obtuvo una nueva redacción.

Según el texto, “la Superintendencia de la Actividad Aseguradora otorgará la autorización a las asociaciones cooperativas u organismos de integración, para realizar operaciones de seguros o medicina prepagada en beneficio de sus asociados y no asociados, en los ramos que determine mediante normas prudenciales”. Sin embargo, para ello deberán cumplirse los requisitos establecidos en la legislación que rige a las asociaciones cooperativas y la Ley.


Mas de la ley en   http://www.asambleanacional.gob.ve/index2.php?option=com_docman&task=doc_view&gid=2314&Itemid=124

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